Son funciones de la Junta Directiva
Formular la política general de la Corporación y los planes y programas que deba desarrollar;
Adoptar los Estatutos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca, someterlos a la aprobación del Gobierno, y expedir los reglamentos internos necesarios al funcionamiento de la Corporación, con base en proyectos que le presente la Gerencia;
Aprobar el presupuesto anual de la Corporación y los traslados presupuéstales que fueren necesarios;
Controlar el funcionamiento general de la Corporación y verificar su conformidad con la política adoptada;
Determinar la organización interna de la Corporación, su planta de personal y señalar las asignaciones correspondientes, conforme a las disposiciones legales sobre, la materia;
Autorizar o aprobar contratos cuya cuantía exceda de $ 250.000.00 e investir al Gerente de las autorizaciones expresas que fueren necesarias;
Autorizar la emisión de bonos y sus condiciones, para lo que se requerirá el voto favorable del Ministro de Desarrollo Económico y la aprobación de la Junta Monetaria;
Con el voto favorable del Ministro de Desarrollo Económico, decidir sobre la conveniencia y condiciones de la participación privada en la financiación de las empresas que promueva la Corporación;
Autorizar al Gerente para gravar con prenda o hipoteca los bienes muebles o inmuebles, de propiedad de la Corporación, en garantía de las obligaciones que sea necesario contraer;
Autorizar al Gerente, cuando lo estime conveniente, y sea de su competencia, para transigir las divergencias que ocurran entre la Corporación y personas naturales o jurídicas por cualquier causa;
Autorizar al Gerente para que, permanentemente o transitoriamente, delegue algunas de sus atribuciones, especificándolas, en otros funcionarios de la Corporación, lo mismo que para constituir apoderados extrajudiciales;
Aprobar u objetar, las cuentas y balances que le presente el Gerente con la firma del Auditor; ll) Crear los Comités que estime conveniente para asesorar al Gerente en asuntos determinados, e integrarlos, pudiendo delegar en ellos las atribuciones que a su juicio sea necesario;
Elaborar y someter a la aprobación del Gobierno, el Estatuto del Personal, dentro del plazo fijado en el artículo 38 del Decreto 3130 de 1968;
En general, cumplir todas las funciones, atribuciones y actividades encaminadas a la mejor realización del objeto y fines de la Corporación.