Art. 30. En este Decreto están comprendidos los que, según el Decreto legislativo número 25 de 1905, han debido dictarse separadamente bajo los números 17, 18, 19, 20, 21 y 22.
Decreto 41 de 1905 →Vigente
Artículo 30
Decreto 41 de 1905 · Por el cual se hacen varias promociones en el Ramo de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.