Micelio

Artículo 1

Ordénase La Construcción De Una Carretera Entre Las Poblaciones De El Carmen Y Jesús Del Río Por Hatonuevo Y Jesús Del Monte, Y De Ramales De Camino De Herradura Que Unan Con La Población De Jesús Del Rio Los Puntos Denominados Bajogrande, Las Palmas, San Jacinto, Coralito, Porqueras Y San Juan Nepomuceno, Por El Sistema De Contratos De Administración Celebrados Conforme Á La Siguiente, División: Sección Primera

Decreto 903 de 1907 · Por el cual se dispone la construcción de la carretera de El Carmen a Jesús del Río y de varios ramales de camino de herradura en el Departamento de Bolívar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Ordénase la construcción de una carretera entre las poblaciones de El Carmen y Jesús del Río por Hatonuevo y Jesús del Monte, y de ramales de camino de herradura que unan con la población de Jesús del Rio los puntos denominados Bajogrande, Las Palmas, San Jacinto, Coralito, Porqueras y San Juan Nepomuceno, por el sistema de contratos de administración celebrados conforme á la siguiente, división: Sección primera. Carretera: de El Carmen á Hatonuevo, en extensión de diez kilómetros; de Hatonuevo á Jesús del Monte, diez kilómetros, y de Jesús,del Monte á Bodega de Jesús del Río, veinte kilómetros. Sección segunda. Ramales de camino de herradura: de Jesús del Río á Bajogrande, diez kilómetros; de Bajogrande á Las Palmas,diez kiiómtros; de Las Palmas á San jacinto, veinte kilómetros; de Las Palmas á Corralito, cinco kilómetros; de Corralito & Porqueras, diez kilómetros, y de Porqueras á San Juan Nepomuceno, treinta kilómetros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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