Importaciones sometidas al régimen de libre importación . Las importaciones de mercancías serán del régimen de libre importación, salvo cuando a las mismas le sean aplicables las disposiciones contenidas en el Capítulo II del presente decreto, o cuando se trate de bienes cuya importación esté prohibida en virtud del artículo 81 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 18 de 1990 y demás normas concordantes, así como por los Convenios y Tratados Internacionales en los que Colombia haya asumido compromisos sobre la materia.
Decreto 925 de 2013 →Vigente
Artículo 20
Importaciones Sometidas Al Régimen De Libre Importación
Decreto 925 de 2013 · por el cual se establecen disposiciones relacionadas con las solicitudes de registro y licencia de importación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.