Micelio

Artículo 3

Para La Comprobación De Lo Exigido En El Artículo Anterior, Los Aspirantes Deberán Presentar En El Ministerio De Educación, Conjuntamente Con El Memorial En Que Manifiestan Su Deseo De Obtener Una Beca Nacional En El Exterior, Y En El Cual Deberán Expresar La Clase De Estudios Que Van A Perfeccionar, Los Siguientes Documentos: A) Fe De Bautismo

Decreto 1790 de 1937 · Por el cual se reglamenta el otorgamiento de becas en el Exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para la comprobación de lo exigido en el artículo anterior, los aspirantes deberán presentar en el Ministerio de Educación, conjuntamente con el memorial en que manifiestan su deseo de obtener una beca nacional en el Exterior, y en el cual deberán expresar la clase de estudios que van a perfeccionar, los siguientes documentos

a)

Fe de bautismo.

b)

Certificado de haber obtenido el título correspondiente, expedido por el Ministerio de Educación Nacional.

c)

Certificado expedido por el Decano o Rector de la Facultad en donde hubieren cursado sus estudios universitarios, en el cual aparezcan las calificaciones obtenidas en cada una de las materias del pensum y las de los exámenes preparatorios de grado. d), Certificado de buena salud, expedido por una autoridad sanitaria competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1790 de 1937