Micelio

Artículo 84

La Autoridad Administradora Tendrá El Deber De Velar Por El Territorio Fideicometido Contribuya Al Mantenimiento De La Paz Y La Seguridad Internacionales, Con Tal Fin, La Autoridad Administradora Podrá Hacer Uso De Las Fuerzas Voluntarias, De Las Facilidades, Y De La Ayuda Del Citado Territorio, A Efecto De Cumplir Con Las Obligaciones Por Ella Contraídas A Este Respecto Ante El Consejo De Seguridad Como También Para La Defensa Local, Y El Mantenimiento De La Ley Y Del Orden Dentro Del Territorio Fideicometido

Decreto 861 de 1946 · Por el cual se promulgan unos pactos internacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 84. La autoridad administradora tendrá el deber de velar por el territorio fideicometido contribuya al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, con tal fin, la autoridad administradora podrá hacer uso de las fuerzas voluntarias, de las facilidades, y de la ayuda del citado territorio, a efecto de cumplir con las obligaciones por ella contraídas a este respecto ante el Consejo de Seguridad como también para la defensa local, y el mantenimiento de la ley y del orden dentro del territorio fideicometido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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