Consejo de la Medalla, Atribuciones y Funciones . El Consejo de la Medalla estará integrado en el Ministerio de Defensa Nacional, Comando General de las Fuerzas Militares, en cada Fuerza y para cada medalla, como a continuación se especifica: Para la Medalla Militar "Ministerio de Defensa Nacional". Presidente: El Ministro de Defensa Nacional o su Delegado. Vicepresidente: El Secretario General del Ministro de Defensa Nacional. Vocal: El Coordinador del Grupo de Talento Humano o quien haga sus veces. Secretario: El Ayudante General o quien haga sus veces. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Justicia Penal Militar". Presidente: El Ministro de Defensa Nacional o su Delegado. Vicepresidente: El Comandante General de las Fuerzas Militares. Vocal: El Director Ejecutivo de la Justicia Penal Militar. Secretario: Asesor de la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar. Para la Medalla Militar "Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia". Presidente: El Comandante General de las Fuerzas Militares. Vicepresidente: El Jefe del Estado Mayor Conjunto. Vocal: El Jefe de Desarrollo Humano Conjunto CGFM. Secretario: Ayudante General del Comando General Fuerzas Militares. Para la Medalla Militar "Escuela Superior de Guerra". Presidente: El Comandante General de las Fuerzas Militares. Vicepresidente: El Director de la Escuela Superior de Guerra. Vocal: El Subdirector de la Escuela Superior de Guerra Secretario: Oficial de Personal de la Escuela Superior de Guerra. Para la Medalla Militar "Al Mérito de la Reserva". Presidente: El Comandante General de las Fuerzas Militares o su Delegado. Vicepresidente: El Jefe de Estado Mayor Conjunto o su delegado. Vocales: Jefe del Departamento de Acción Integral del E.M.C. Secretario: El Comandante de los Profesionales Oficiales de la Reserva. Para la Medalla Militar "General José Hilario López Valdés". Presidente: El Comandante General de las Fuerzas Militares Vicepresidente: El Jefe de Estado Mayor Conjunto. Vocal: El Inspector General de las Fuerzas Militares. Secretario: El Jefe de la Oficina de Derechos Humanos del Comando General. Para la Medalla Militar "Escuela Militar de Cadetes". Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Director de la Escuela Militar de Cadetes. Vocal: El Subdirector de la Escuela Militar de Cadetes. Secretario: El Oficial de Personal de la Escuela Militar de Cadetes. Para la Medalla Militar "Centenario Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova". Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Director de la Escuela Militar de Cadetes. Vocales: El Subdirector y el Comandante del Batallón de la Escuela Militar de Cadetes. Secretario: El Oficial de Personal de la Escuela Militar de Cadetes. Para la Medalla Militar Escuela de Armas y Servicios "José Celestino Mutis Bossio". Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Director de la Escuela de Armas y Servicios. Vocal: El Subdirector de la Escuela de Armas y Servicios Secretario: El Ayudante de Comando de la Escuela de Armas y Servicios. Para las Medallas: "Batalla de Ayacucho", "San Jorge", "Santa Bárbara", "Torre de Castilla", "Brigadier General Ricardo Charry Solano", Al Mérito Logístico y Administrativo "General Francisco de Paula Santander". Presidente: Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: Oficial del arma más antiguo presente en la Guarnición de Bogotá. Vocal: Comandante o Director de la Escuela del Arma respectiva. Secretario: Ayudante del comando o dirección de la Escuela del Arma respectiva Para la Medalla "Guardia Presidencial". Presidente: Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: Jefe de la Casa Militar de la Presidencia. Vocal: Comandante del Batallón Guardia Presidencial. Secretario: El Oficial Ayudante de Comando del Batallón Guardia Presidencial. Para la Medalla Militar Policía Militar "General Tomás Cipriano de Mosquera". Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Director de la Escuela de Policía Militar. Vocal: El Subdirector de la Escuela de Policía Militar. Secretario: El Oficial de Personal de la Escuela de Policía Militar. Para la Medalla "Escuela de Lanceros". Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Oficial lancero más antiguo presente en la guarnición de Bogotá. Vocal: El Comandante o Director de la Escuela de Lanceros Secretario: Ayudante del comando o dirección de la Escuela de Lanceros. Para la Medalla "San Gabriel". Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Oficial del arma más antiguo. Vocal: El Comandante o Director de la Escuela de Comunicaciones. Secretario: El Ayudante de comando o dirección de la Escuela de Comunicaciones. Para la Medalla Militar "Sargento Inocencio Chincá". Presidente: Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: Director de la Escuela de Suboficiales Inocencio Chincá. Vocal: Subdirector de la Escuela de Suboficiales Inocencio Chincá. Secretario: Oficial de Personal Escuela de Suboficiales Inocencio Chincá. Para la Medalla Militar "San Miguel Arcángel". Presidente: Comandante del Ejército o su delegado. Vicepresidente: El Comandante de la Unidad Superior de Aviación. Vocal: El Comandante de la Escuela de Aviación del Ejército Nacional. Secretario: El Ayudante del comando o dirección de la Escuela de Aviación del Ejército Nacional. Para la Medalla "Honor al Deber Cumplido". Presidente: El Comandante del Ejército Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Comandante del Batallón Colombia N° 28. Vocal: El Ejecutivo y Segundo Comandante del Batallón Colombia N° 28. Secretario: El Oficial de Personal del Batallón Colombia N° 28. Para la Medalla Militar Escuela de Soldados Profesionales "Teniente General Gustavo Rojas Pinilla". Presidente: El Comandante del Ejército Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Comandante o Director de la Escuela de Formación de Soldados Profesionales. Vocal: El Ejecutivo y Segundo Comandante de la Escuela de Formación de Soldados Profesionales. Secretario: El Jefe de Desarrollo Humano de la Escuela de Formación de Soldados Profesionales. Para la Medalla Militar Servicios Meritorios Inteligencia Militar "Guardián de la Patria". Presidente: El Comandante del Ejército Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Jefe de Operaciones del Ejército Nacional. Vocal: El Director de Inteligencia. Secretario: El Director de la Central de Inteligencia Militar y el Suboficial de mayor antigüedad de la DINTE. Para la Medalla "Servicios Distinguidos en Operaciones de Aviación". Presidente: Comandante del Ejército Nacional o su delegado. Vicepresidente: Comandante de la Unidad Superior de Aviación. Vocal: Oficial de Operaciones de la Unidad Superior de Aviación. Secretario: Director de la Escuela de Aviación del Ejército Nacional. Para la Medalla "Centenario Servicios Distinguidos a Reclutamiento "Simona Duque de Alzate". Presidente: Comandante del Ejército o su Delegado. Vicepresidente: Comandante de la Unidad Superior de Reclutamiento y Control Reservas del Ejército Nacional. Vocal: El Subdirector de la Unidad Superior de Reclutamiento y Control Reservas del Ejército Nacional. Secretario: El Oficial B-3 de la Unidad Superior de Reclutamiento y Control Reservas del Ejército Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Armada Nacional". Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Segundo Comandante Armada Nacional. Vocal: Jefe de Desarrollo Humano Armada Nacional. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla". Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Director de la Escuela Naval. Vocal: Subdirector de la Escuela Naval. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Suboficiales". Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Desarrollo Humano de la Armada Nacional. Vocal: Director Escuela Naval de Suboficiales. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Fuerza de Superficie" Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Operaciones Navales de la Armada Nacional. Vocal: Director de Operaciones Navales. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Infantería de Marina". Presidente: El Comandante de la Armada Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Comandante de la Infantería de Marina. Vocal: El Jefe de Estado Mayor de Infantería de Marina. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Fuerza Submarina". Presidente: Comandante de la Armada Nacional o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Operaciones Navales de la Armada Nacional. Vocal: Comandante Flotilla de Submarinos. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Aviación Naval". Presidente: Comandante de la Armada Nacional o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Operaciones Navales de la Armada Nacional. Vocal: Comandante Aviación Naval. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos al Cuerpo de Guardacostas" Presidente: Comandante de la Armada Nacional o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Operaciones Navales de la Armada Nacional. Vocal: Comandante Guardacostas. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina". Presidente: El Comandante de la Armada Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Comandante de la Infantería de Marina. Vocal: Director de la Escuela de Formación de Infantería de Marina. Secretario: El Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla al Mérito Logístico y Administrativo "Contralmirante Rafael Tono". Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Operaciones Logísticas. Vocal: Director de Economía y Finanzas de la Armada Nacional. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Dirección General Marítima". Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Director General Marítimo. Vocal: Jefe Desarrollo Humano de la Armada Nacional. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla de "Servicios Distinguidos a la Ingeniería Naval". Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Material Naval de la Armada Nacional. Vocal: Director de Ingeniería Naval Armada Nacional. Secretario: Director de Personal Armada Nacional. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Inteligencia Naval". Presidente: Comandante de la Armada o su delegado. Vicepresidente: Jefe de Inteligencia de la Armada Nacional. Vocal: Director de Inteligencia Interna de la Armada. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. Para la Medalla "Marco Fidel Suárez". Presidente: Comandante Fuerza Aérea Colombiana o su delegado Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Colombiana Vocal: Inspector General de la Fuerza Aérea Colombiana. Secretario: Jefe de Desarrollo Humano. Para la Medalla "Águila de Gules". Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado Vicepresidente: Segundo Comandante FAC y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Vocal: Jefe de Operaciones Aéreas Secretario: Jefe de Desarrollo Humano. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Seguridad y Defensa de Bases Aéreas". Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe del Estado Mayor de la Fuerza Aérea. Vocal: Jefe de Seguridad y Defensa de Bases Aéreas Secretario: Jefe de Desarrollo Humano Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Inteligencia Aérea". Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe del Estado Mayor de la Fuerza Aérea. Vocal: Jefe de Inteligencia Aérea. Secretario: Jefe de Desarrollo Humano. Para la Medalla "Servicios Distinguidos a la Defensa Aérea y Navegación Aérea". Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado. Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe del Estado Mayor Aéreo. Vocal: Jefe de Operaciones Aéreas. Secretario: Jefe de Desarrollo Humano. Para la Medalla "Servicios Distinguidos al Cuerpo Logístico y Administrativo". Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado. Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe del Estado Mayor de la Fuerza Aérea. Vocal: Jefe de Operaciones Logísticas. Secretario: Jefe de Desarrollo Humano. Para la "Medalla de Ciencia y Tecnología". Presidente: Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana o su delegado. Vicepresidente: Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea. Vocal: Jefe de Educación Aeronáutica. Secretario: Jefe de Desarrollo Humano.
Los Consejos sesionarán en forma extraordinaria a solicitud de alguno de sus miembros.
Son atribuciones del Consejo
Recibir las solicitudes formuladas para el otorgamiento de la medalla;
Analizar las solicitudes comprobando el estricto cumplimiento de los requisitos exigidos para el otorgamiento de la respectiva medalla;
Conceder o negar en votación secreta las solicitudes puestas a su consideración;
Suspender por medio de acto administrativo motivado, previo análisis de los hechos el privilegio de portar la medalla a quien incurra en las causales contempladas para tal efecto;
Remitir al Comando de Fuerza respectivo, para la aprobación final cuando sea del caso, la relación del otorgamiento, recomendados, acordadas por el Consejo. Son atribuciones del Presidente: a) Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo; b) Dirigir las deliberaciones del Consejo de conformidad con el orden del día que se elabore para cada sesión; c) Presentar al Consejo las proposiciones que estime convenientes, con el fin de conferir el uso de la Medalla respectiva; d) Suscribir los actos administrativos de otorgamiento de las condecoraciones contenidas en este decreto, salvo norma expresa en contrario; Son atribuciones de los demás miembros del Consejo: a) Emitir concepto y votar sobre los asuntos que se sometan a consideración en la sesión o aquellos que se les haya asignado en comisión; b) Presentar proposiciones al Consejo con el fin de conferir las medallas que a su juicio crean conveniente. Son funciones del Secretario del Consejo: a) Llevar una minuta detallada de las sesiones y elaborar el acta correspondiente en el libro de actas; b) Recopilar y suministrar toda la información que los miembros del Consejo soliciten en relación con los candidatos a la Medalla; c) Dar lectura al acta de la última reunión al iniciar cada sesión; d) Proponer los nombres de quienes fallezcan en el servicio, por causa y con ocasión del mismo en actividades relacionadas con el arma o instituto que concede la Medalla, para el otorgamiento en homenaje póstumo; e) Coordinar la elaboración de los proyectos de resolución de otorgamiento de la Medalla;
Elaborar la agenda de cada sesión y darla a conocer a los miembros con suficiente anticipación;
Coordinar el envío al personal favorecido copia de la disposición con que se le otorga la Medalla;
Coordinar la elaboración de los diplomas correspondientes;
Llevar el libro de registro de resoluciones, disposiciones o actas que concedan la Medalla;
Las demás que le sean asignadas por el Consejo de la Medalla.