Micelio

Artículo 8

Remuneración

Decreto 1157 de 1999 · por el cual se establece el sistema de clasificación, nomenclatura, remuneración y requisitos de los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Remuneración. Establécese para los empleos que se señalan a continuación las siguientes remuneraciones mensuales

a)

La remuneración mensual del Secretario General de la Procuraduría General de la Nación será de siete millones ciento cinco mil ciento setenta y siete pesos ($7.105.177) distribuida así: Asignación básica $2.080.642 Gastos de representación 2.080.642 Prima técnica 1.828.383 Prima especial 1.115.510

b)

La remuneración mensual del Procurador Regional será de cuatro millones quinientos cuarenta mil trescientos cuarenta y dos pesos ($4.540.342) moneda corriente, distribuida así: Asignación básica $1.780.631 Gastos de representación 1.780.631 Prima especial 979.080

c)

La remuneración mensual del Procurador Provincial II será de tres millones ciento cuarenta y dos mil doscientos sesenta pesos ($3.142.260) moneda corriente, el cincuenta por ciento (50%) de esta remuneración, tendrá el carácter de Gastos de Representación.

d)

La remuneración mensual del Procurador Provincial I será de dos millones setecientos ochenta mil novecientos un pesos ($2.780.901) moneda corriente, el cincuenta por ciento (50%) de esta remuneración tendrá el carácter de Gastos de Representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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