Micelio

Artículo 5

Ley 43 de 1931 · Sobre administración y recaudación de rentas nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados subalternos de la Dirección General de Rentas Nacionales serán nombrados y removidos por el Gobierno a solicitud del Director General; estarán bajo la dirección de éste; y serán responsables ante él; y quedarán sujetos a los reglamentos que este funcionario dicte para el buen servicio público.

El Director General puede solicitar del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la suspensión o remoción de cualquier empleado de las rentas nacionales, exponiendo las razones de tal solicitud. Puede también solicitar del Administrador Departamental de Hacienda Nacional la suspensión o remoción de cualesquiera empleados nombrados por ellos, presentando sus razones en cada caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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