Los empleados subalternos de la Dirección General de Rentas Nacionales serán nombrados y removidos por el Gobierno a solicitud del Director General; estarán bajo la dirección de éste; y serán responsables ante él; y quedarán sujetos a los reglamentos que este funcionario dicte para el buen servicio público.
El Director General puede solicitar del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la suspensión o remoción de cualquier empleado de las rentas nacionales, exponiendo las razones de tal solicitud. Puede también solicitar del Administrador Departamental de Hacienda Nacional la suspensión o remoción de cualesquiera empleados nombrados por ellos, presentando sus razones en cada caso.