º Los recursos del Fondo de Inversiones para el Desarrollo Regional de la Orinoquia se manejarán mediante un contrato de administración fiduciaria que para el efecto ha de celebrar el Banco de la República y una entidad bancaria o financiera oficial que opere en la región, la cual será determinada por el Consejo Regional de Planificación. La entidad encargada de la administración fiduciaria podrá colocar dinero en préstamo para la ejecución de los programas y proyectos, así como contratar empréstitos internos y externos con el fin de proveer recursos para el Fondo, en los términos y condiciones que establezca el Consejo Regional de Planificación.
Decreto 3084 de 1986 →Vigente
Artículo 5
º Los Recursos Del Fondo De Inversiones Para El Desarrollo Regional De La Orinoquia Se Manejarán Mediante Un Contrato De Administración Fiduciaria Que Para El Efecto Ha De Celebrar El Banco De La República Y Una Entidad Bancaria O Financiera Oficial Que Opere En La Región, La Cual Será Determinada Por El Consejo Regional De Planificación
Decreto 3084 de 1986 · por el cual se crea la Región de Planificación de la Orinoquia y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.