Medidas complementarias . En aquellos aspectos no previstos en el presente decreto se aplicarán, respecto del ejercicio de las actividades de monitoreo, seguimiento y control en el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, en lo pertinente, las disposiciones contenidas en los Decretos 028 de 2008, 2911 de 2008, 168 de 2009 y 2613 de 2009, o las demás normas que los modifiquen, complementen o sustituyan. TÍTULO VII DISPOSICIONES FINALES CAPÍTULO I Régimen de transición de que trata el
del artículo 9° de la Ley 1176 de 2007