El debido cobrar o el activo disponible del Balance del Tesoro de la Nación, proveniente de las rentas e ingresos no recaudados del ejercicio de 1960, se mantendrá como tal activo durante el ejercicio de 1962, para acelerar su recaudo; pero estará amparado por una reserva equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del mismo.
Ley 138 de 1961 →Vigente
Artículo 8
Ley 138 de 1961 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1962.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.