ARTICULO 68 . División de Supervisión y Control . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector de Cobranzas, son funciones de la División de Supervisión y Control, las siguientes
Realizar el seguimiento de la ejecución del plan anual de cobranzas y presentar informes sobre la gestión de recaudo de la entidad;
Supervisar y controlar las divisiones o grupos de cobranzas en las diferentes administraciones y controlar el desarrollo de los planes y programas;
Realizar visitas de supervisión a las unidades de cobranzas de las Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales, y evaluar los programas de cobro; y
Las demás que le asigne el Subdirector de Cobranzas.