Artículo primero. Con el fin de completar el plan de revitalización del Barrio Getsemaní en la ciudad de Cartagena de Indias, como parte importante del "Plan de Desarrollo del Municipio de Cartagena de Indias 1978-1990", en el rescate y mejoramiento del área que ocupó el antiguo mercado central, hoy ocupada por el Centro Internacional de Convenciones, autorizase al Círculo de Obreros de San Pedro Claver, entidad de derecho privado, sin ánimo de lucro, de nacionalidad colombiana y con personería jurídica reconocida por Resolución número 76 de 1942, expedida por el Ministerio de Gobierno, para que, con base en la Resolución número 0042 del 13 de mayo de 1981, emanada del Consejo de Monumentos Nacionales por medio de su Centro Filial del Departamento de Bolívar, acometa directamente las obras necesarias de restauración y remodelación de los edificios coloniales Convento de San Francisco y los Portales (Pasaje Porto), adecuándolos para el funcionamiento de un centro comercial.
Ley 15 de 1983 →Vigente
Artículo 1
Ley 15 de 1983 · por la cual se desarrollan las Leyes 1ª de 1947 y 90 de 1958 en favor del Círculo de Obreros de San Pedro Claver de Cartagena de Indias, se dictan disposiciones sobre las necesarias remodelaciones de inmuebles coloniales de propiedad de esa entidad, con el fin de completar el plan de revitalización del Barrio Getsemaní en la capital de Bolívar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.