Micelio

Artículo 2

Ley 40 de 1962 · por la cual la Nación se asocia a la celebración del centenario del nacimiento de un distinguido ciudadano (don Rafael Tello R.).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conforme a la facultad legal otorgada por la Ley 46 de 1946 , el Gobierno, por conducto del Ministerio de Educación Nacional, contribuirá con la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00), para las siguientes obras para las cuales ha decretado gastos la Municipalidad de Santander de Quilichao, con ocasión de esta celebración.

a)

Cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) para un busto de mármol, del señor Rafael Tello R., que será erigido en el Instituto Técnico de Santander de Quilichao en la fecha precisa del centenario de su nacimiento;

b)

Cien mil pesos ($ 100.000.00) para terminar y dotar convenientemente el Instituto Técnico de Santander de Quilichao, y

c)

Cien mil pesos ($ 100.000.00) para la ampliación del local de la "Escuela Rafael Tello R.", incluyendo la total dotación de la Radiodifusora "Ecos del Quilichao", que funciona en ese mismo establecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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