En desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 1157 del año en curso, sobre fomento de la economía nacional, el Gobierno procederá a adquirir para la Nación acciones en la Cooperativa Tabacalera de Santander, por la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000) anuales, por el término de cuatro años, contados desde la vigencia e la presente Ley.
Ley 53 de 1941 →Vigente
Artículo 1
Ley 53 de 1941 · Por la cual se fomentan las cooperativas tabacaleras y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.