Micelio

Artículo 11

Recursos Adicionales Para El Fondo Agropecuario De Garantías

Ley 69 de 1993 · por la cual se establece el Seguro Agropecuario en Colombia, se crea el Fondo Nacional de Riesgos Agropecuarios y se dictan otras disposiciones en materia de crédito agropecuario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adicionalmente a las fuentes de recursos en el artículo 30 de la Ley 16 de 1990 , el Fondo Agropecuario de Garantías podrá contar con recursos provenientes de donaciones y aporte públicos y privados, nacionales e internacionales, con el fin de asegurar el cumplimiento de los fines señalados en la ley de su creación y en la presente Ley.

Parágrafo

El numeral 3° del artículo 30 de la Ley 16 de 1990 , quedará así:

“3. No menos del 25 % de las utilidades brutas que en cada ejercicio anual liquide Finagro. El porcentaje será definido anualmente por la Junta Directiva de Finagro.”

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 69 de 1993