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Artículo 9

El Recurso De Reclamación Y El De Apelación Contra Las Liquidaciones De Los Impuestos De Sucesiones Y Donaciones, Debe Interponerse Dentro Del Mes Siguiente A La Notificación De La Liquidación Oficial

Decreto 3192 de 1963 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre impuestos sucesorales

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El recurso de reclamación y el de apelación contra las liquidaciones de los impuestos de sucesiones y donaciones, debe interponerse dentro del mes siguiente a la notificación de la liquidación oficial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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