º . Las funciones propias del Instituto Nacional para Ciegos Inci, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación, así: DIRECCION GENERAL Nº de empleos Denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Director General de la Entidad Descentralizada 0015 21 1 (uno) Asesor 1020 09 1 (uno) Asesor 1020 07 1 (uno) Profesional Especializado 3010 17 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 11 PLANTA GLOBAL 1 (uno) Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 18 1 (uno) Subdirector General de Entidad Descentralizada 0040 18 1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 09 1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 09 2 (dos) Jefe de División 2040 24 16 (dieciséis) Profesional Especializado 3010 17 3 (tres) Profesional Especializado 3010 16 8 (ocho) Profesional Universitario 3020 10 14 (catorce) Profesional Universitario 3020 08 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 16 4 (cuatro) Técnico Administrativo 4065 15 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 11 3 (tres) Técnico Administrativo 4065 10 1 (uno) Técnico Operativo 4080 16 1 (uno) Técnico Operativo 4080 15 2 (dos) Técnico Operativo 4080 14 2 (dos) Técnico Operativo 4080 13 3 (tres) Técnico Operativo 4080 12 2 (dos) Técnico Operativo 4080 10 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 21 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 16 7 (siete) Secretario 5140 12 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 09 3 (tres) Operario Calificado 5300 13
Decreto 2664 de 1999 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2664 de 1999 · por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Nacional para Ciegos INCI, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.