Micelio

Artículo 321

Las Penas Señaladas En Los Capítulos Anteriores Serán Disminuidas Hasta En La Mitad Si La Victima De Los Delitos Allí Previstos, Fuere Una Meretriz O Mujer Pública

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las penas señaladas en los capítulos anteriores serán disminuidas hasta en la mitad si la victima de los delitos allí previstos, fuere una meretriz o mujer pública. En este caso no se podrá proceder sino a virtud de petición o querella de parte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2300 de 1936