Micelio

Artículo 12

Los Contratos Vigentes En La Actualidad Sobre Alimentación De Los Presos En Las Penitenciarias Y Cárceles De Distrito Judicial, Regirán Hasta Su Terminación, Llegada La Cual Se Continuará Prestando Ese Servicio Conforme Al Presente Decreto

Decreto 985 de 1930 · Por el cual se organiza y reglamenta el sistema más apropiado para el suministro de la alimentación por cuenta del Estado, a los presos rematados, enjuiciados y detenidos preventivamente en los establecimientos de castigo

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los contratos vigentes en la actualidad sobre alimentación de los presos en las Penitenciarias y Cárceles de Distrito Judicial, regirán hasta su terminación, llegada la cual se continuará prestando ese servicio conforme al presente Decreto.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 985 de 1930