Micelio

Artículo 62

Funciones

Decreto 263 de 1992 · Por el cual se aprueba la reforma integral de los Estatutos Sociales de la Financiera Energética Nacional S.A. FEN.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones. Son funciones del Revisor Fiscal

1.

Comprobar que todas las operaciones de la Financiera Energética Nacional S. A. se ajusten a las disposiciones legales y estatutarias y a las decisiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

2.

Dar cuenta oportuna, por escrito a la Asamblea, a la Junta Directiva, o al Presidente, según el caso, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad.

3.

Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de la entidad, y rendir los informes a que haya lugar o le sean solicitados.

4.

Velar porque la contabilidad se lleve conforme a las normas legales y a las técnicas contables.

5.

Impartir las instrucciones necesarias para que las actas de la asamblea y de la Junta Directiva, la correspondencia y los comprobantes de las cuentas se conserven debidamente.

6.

Inspeccionar asiduamente los bienes y valores sociales y procurar que se tomen en forma oportuna las medidas de conservación o seguridad de los mismos y de los que ella tenga en custodia a cualquier título.

7.

Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con el dictamen o informe correspondiente.

8.

Convocar a la Asamblea a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue necesario.

9.

Rendir a la Asamblea un informe anual sobre las actividades de la sociedad en el respectivo ejercicio.

10.

Cumplir las demás atribuciones que le señalan las leyes o los estatutos y las que, siendo compatibles con las anteriores, le encomienden la Asamblea o la Junta Directiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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