Micelio

Artículo 2.14.1.3.3

Mantenimiento Del Registro Nacional De Usuarios De Adecuación De Tierras

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mantenimiento del Registro Nacional de Usuarios de Adecuación de Tierras. Corresponde al Incoder conformar y mantener actualizado el Registro Nacional de Usuarios de Adecuación de Tierras, con base en los registros generales de usuarios que debe llevar cada Organismo Ejecutor.

El Registro Nacional de Usuarios se regirá por el reglamento que expedirá sobre el particular el Consuat.

Parágrafo

Las Asociaciones de Usuarios y los Organismos Administradores tendrán la obligación de remitir a cada Organismo Ejecutor y estos a la Secretaría Técnica del Consuat, la información que esta determine para conformar y actualizar el Registro Nacional de Usuarios.

(Decreto número 1881 de 1994, artículo 24)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015