Micelio

Artículo 11

Para Conceder La Orden Del Mérito Agrícola, El Canciller De La Orden Ordenará Al Secretario Del Consejo De La Misma, Adelantar Un Informativo Con Los Siguientes Datos: Identidad Del Candidato A La Condecoración, Memoria De Servicios Eminentes Prestados Por El Postulado Que Lo Acrediten Como Merecedor De La Misma, Conforme A Las Normas Del Presente Decreto, Debidamente Comprobados

Decreto 734 de 1969 · Por el cual se establece la Orden del Mérito Agrícola

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para conceder la Orden del Mérito Agrícola, el Canciller de la Orden ordenará al Secretario del Consejo de la misma, adelantar un informativo con los siguientes datos: Identidad del candidato a la condecoración, memoria de servicios eminentes prestados por el postulado que lo acrediten como merecedor de la misma, conforme a las normas del presente Decreto, debidamente comprobados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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