Son funciones de la Sección de Gestión de Empleo:
a) Responder por el funcionamiento del servicio público gratuito de empleo;
b) Clasificar y orientar a las personas en busca de empleo de acuerdo con sus capacidades y aptitudes para colocarlas en un trabajo o curso de perfeccionamiento, de acuerdo con las necesidades del mercado del trabajo;
c) Autorizar, conforme a los reglamentos, el funcionamiento de los servicios privados de colocación y mantener estricta vigilancia sobre ellos;
d) Elaborar manuales de orientación profesional, con el fin de dar a los menores de edad escolar y a sus padres información acerca de las diferentes ocupaciones y campos de empleo;
e) Recopilar y evaluar la información periódica de los servicios públicos gratuitos de empleo de las distintas regiones;
f) Procurar la cooperación de los empleadores y de los trabajadores para los servicios de colocación y de orientación profesional;
g) Elaborar con las entidades de formación profesional estadísticas sobre el número de trabajadores en periodo de formación, para orientar los planes y programas de empleo;
h) Colaborar con los organismos encargados; de de colocar personas inválidas, parcialmente inhabilitadas o de capacidad física disminuida;
i) Estudiar con el Ministerio de Relaciones Exteriores y con el Departamento Administrativo de Seguridad las políticas de ingreso de trabajadores extranjeros al país y de vigilancia de sus labores, y
j) Proponer normas para el desarrollo de los acuerdos internacionales aprobados por el país, relativos al empleo y a los recursos humanos.