Créase el Consejo de Acreditación de las Escuelas Normales Superiores, de carácter consultivo, adscrito al Ministerio de Educación Nacional, integrado por siete (7) miembros, representantes de la comunidad académica e investigativa en Pedagogía y Educación. La designación de dichos miembros la efectuará la Junta Nacional de Educación, JUNE, para un período de cuatro (4) años, que podrán ser prorrogables hasta para cuatro (4) de sus miembros, según el mecanismo que adopte el mismo Consejo. Para este efecto, la Junta Nacional de Educación expedirá el reglamento correspondiente.
El Consejo de Acreditación de las Escuelas Normales Superiores, tendrá una Secretaría Técnica que será ejercida por la Dirección General de Investigación y Desarrollo Pedagógico del Ministerio de Educación Nacional.