Revisor Fiscal. El Revisor Fiscal y su suplente serán elegidos por la Asamblea General de Accionistas para períodos de un año, y podrán ser reelegidos indefinidamente. El Revisor Fiscal ejercerá las funciones y tendrá las obligaciones que le señalan la ley, el Estatuto orgánico del Sistema Financiero. las normas prácticas de la profesión de contador público, las circulares y reglamentos de la Superintendencia Bancaria, la Superintendencia de Valores y las demás autoridades y las que especialmente le señale la Asamblea General de Accionistas.
Decreto 122 de 1994 →Vigente
Artículo 38
Decreto 122 de 1994 · por el cual se aprueban los estatutos del Banco de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.