Micelio

Artículo 24

Cada País Miembro Permitirá La Entrada Y Salida De Su Territorio A Los Conductores Y Otras Personas De La Tripulación De Los Vehículos En Operación, Pertenecientes A Los Demás Países Miembros, Sin Exigir Pasaportes Y Visas, Aceptado Para Tal Fin, La Presentación De Los Documentos De Identidad Válidos, Emitidos Por Las Autoridades Competentes De Cualquiera De Los Países Miembros Y Siempre Que Dichas Personas Hayan Cumplido Con Las Respectivas Disposiciones De Sanidad Y Policía

Decreto 1910 de 1973 · Por el cual se pone en vigencia la Decisión número 56 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, sobre Transporte Internacional por Carretera dentro del Grupo Andino

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cada País Miembro permitirá la entrada y salida de su territorio a los conductores y otras personas de la tripulación de los vehículos en operación, pertenecientes a los demás Países Miembros, sin exigir pasaportes y visas, aceptado para tal fin, la presentación de los documentos de identidad válidos, emitidos por las autoridades competentes de cualquiera de los Países Miembros y siempre que dichas personas hayan cumplido con las respectivas disposiciones de sanidad y policía. Para tal efecto los conductores y miembros de la tripulación del vehículo utilizado en el transporte internacional por carretera o en el transporte internacional por carretera en tránsito, serán provistos por las autoridades de inmigración, en los puntos de cruce de frontera de un documento que les permita el libre tránsito, válido durante la permanencia del vehículo en el País Miembro en el cual ingresen.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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