Transitorio. Continuidad de los órganos de dirección. Mientras el Presidente de la República y la Asamblea General de Accionistas de Ecopetrol S. A. efectúan la designación de miembros de la Junta Directiva en la forma establecida en el presente decreto, continuarán ejerciendo las respectivas funciones los actuales miembros de la Junta Directiva de la Empresa Colombianade Petróleos - Empresa Industrial y Comercial del Estado. De igual manera, el Presidente de la Empresa Colombiana de Petróleos - Empresa Industrial y Comercial del Estado, continuará en ejercicio de sus funciones como Presidente de Ecopetrol S. A. hasta tanto la Junta Directiva efectúe la respectiva designación.
Decreto 1760 de 2003 →Vigente
Artículo 56
Decreto 1760 de 2003 · por el cual se escinde la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, se modifica su estructura orgánica y se crean la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la sociedad Promotora de Energía de Colombia S. A.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.