Micelio

Artículo 5914

Del Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal En Curso

Decreto 215 de 1959 · Por el cual se fija la partida con que debe contribuír el Gobierno de Colombia para los estudios de la ruta definitiva de la Carretera Panamericana entre Panamá y Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Por conducto del Tesorero General de la República de Colombia, el Ministerio de Obras Públicas girará a la Oficina Permanente del sub-Comité del Darién, entidad que funciona en Panamá, la suma de US$30.000.00, que al cambio del 6.40 arroja $192.000.00, o sea la cuota del Gobierno de Colombia correspondiente al año de 1959, de conformidad con lo acordado en la Resolución número 1 por la Comisión de Financiamiento de los Congresos Panamericanos de Carreteras. La anterior cantidad se imputará al Capítulo 585, artículo 5914 del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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