Micelio

Artículo 4

Ley 77 de 1985 · por la cual se autoriza la emisión de una estampilla para financiar la construcción de la Ciudadela Universitaria del Quindío, y se modifica la Ley 66 de 1982 sobre destinación de la estampilla Pro-Facultad de Medicina de la Universidad del Tolima.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase a la Asamblea Departamental del Quindío para que determine el empleo, tarifa discriminatoria y demás asuntos inherentes al uso obligatorio de la estampilla "Ciudadela Universitaria del Quindío", en todas las operaciones que se lleven a cabo en dicho Departamento y sus municipios, sobre los cuales tenga jurisdicción la referida Corporación. Las providencias que expida la Duma Departamental del Quindío, en desarrollo de lo dispuesto en la presente Ley, serán llevadas a conocimiento del Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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