Micelio

Artículo 2.6.5.1.6

Obligación De Garantizar La Rentabilidad Mínima

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligación de garantizar la rentabilidad mínima. Cuando la rentabilidad acumulada en términos efectivos anuales obtenida por alguno de los tipos de fondos de pensiones obligatorias durante el período de cálculo correspondiente sea inferior a la rentabilidad mínima obligatoria exigida, las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías deberán responder con sus propios recursos por los defectos.

En este caso se afectará en primer término la reserva de estabilización de rendimientos constituida para el tipo de fondo que presente defecto de rentabilidad, mediante el aporte de la diferencia entre el valor del fondo al momento de la verifcación y el valor que este debería tener para alcanzar la rentabilidad mínima obligatoria.

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.6.5.1.6Obligación de garantizar la rentabilidad mínima.

Cuando la rentabilidad acumulada efectiva anual obtenida por el fondo de pensiones durante el período de cálculo correspondiente sea inferior a la rentabilidad mínima obligatoria, las sociedades administradoras deberán responder con sus propios recursos, afectando en primer término la reserva de estabilización de rendimientos, aportando la diferencia entre el valor del fondo al momento de la medición y el valor que este debería tener para alcanzar la rentabilidad mínima obligatoria.

En el caso de los fondos de cesantía, las sociedades administradoras deberán responder con sus propios recursos afectando en primer término las comisiones por administración causadas y pendientes de pago a la sociedad administradora, aportando la diferencia entre el valor del fondo al momento de la medición y el valor que este debería tener para alcanzar la rentabilidad mínima obligatoria.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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