Micelio

Artículo 4

Ley 47 de 1966 · Por la cual se crea y organiza el Departamento de Sucre

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Créase el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en el Departamento de Sucre, con jurisdicción en todo el Departamento.

Parágrafo

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Departamento de Sucre, tendrá el mismo personal subalterno y remuneración correspondiente a los de su clase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 47 de 1966