° En relación con los programas de especialización que las instituciones de educación superior pretendan crear, además de los requisitos señalados en el artículo 1° del presente Decreto, éstas deberán precisar y determinar los aspectos relativos a: - Las políticas investigativas. - Tradición Investigativa en el área del programa. - Líneas y áreas de investigación para el programa. - Publicaciones de los docentes en el área del programa o áreas afines en los últimos tres años. - Financiación y administración de la investigación en el programa. -Convenios institucionales y requisitos de ingreso y egreso para el programa.
Decreto 1403 de 1993 →Vigente
Artículo 2
° En Relación Con Los Programas De Especialización Que Las Instituciones De Educación Superior Pretendan Crear, Además De Los Requisitos Señalados En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Éstas Deberán Precisar Y Determinar Los Aspectos Relativos A: - Las Políticas Investigativas
Decreto 1403 de 1993 · por el cual se reglamenta la Ley 30 de 1992.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.