Son funciones del Secretario Pedagógico:
Dirigir y coordinar los trabajos de las Direcciones de Currículo, Desarrollo Pedagógico y Educación de Adultos con el fin de asegurar calidades mínimas de la educación a través de los contenidos curriculares, del uso de medios y métodos apropiados y de la óptima utilización cualitativa de los recursos docentes.
Asegurar la transferencia técnica y Pedagógica a las regiones y prestarles asesoría en los aspectos de investigación, adaptación, prueba curricular y desarrollo pedagógico a través de los Centros Experimentales Pilotos (CEP).
Atender el desarrollo de proyectos especiales del sector educativo.
Mantener estrecha coordinación con la Secretaría General para atender los aspectos de coordinación y asistencia técnico-administrativa.
Promover el desarrollo de métodos y proyectos de educación especial destinados a poblaciones que por sus características deban considerarse excepcionales.
De las funciones de las Unidades de Asesoría
y Coordinación