Micelio

Artículo 7

Decreto 932 de 2002 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 388 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Documentos. El proyecto de revisión del Plan de Ordenamiento Territorial o de alguno de sus contenidos deberá acompañarse, por lo menos, de los siguientes documentos y estudios técnicos, sin perjuicio de aquellos que sean necesarios para la correcta sustentación del mismo a juicio de las distintas instancias y autoridades de consulta, concertación y aprobación

a)

Memoria justificativa indicando con precisión, la necesidad, la conveniencia y el propósito de las modificaciones que se pretenden efectuar;

b)

Estudios técnicos de soporte sobre los hechos, condiciones o circunstancias que dan lugar a la revisión, en los términos de los artículos 28 de la Ley 388 de 1997 y 4 del presente decreto, según sea el caso. Adicionalmente, se anexará la descripción técnica y la evaluación de sus impactos sobre el Plan de Ordenamiento vigente;

c)

Proyecto de Acuerdo con los anexos y documentación requerida para la aprobación de la revisión;

d)

Dictamen técnico del Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial.

Parágrafo 1

Cuando se trate de la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial que suponga la reformulación completa del Plan vigente, además de los documentos que en este artículo se señalan, el proyecto de revisión deberá acompañarse de los documentos que se señalan en el artículo 17 del Decreto 879 de 1998 o la norma que lo sustituya, modifique o adicione. Asimismo, deberá incorporarse al proyecto de revisión la evaluación de los resultados obtenidos respecto de los objetivos planteados en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente.

Parágrafo 2

Cuando se trate de la revisión parcial de los contenidos de corto y mediano plazo de los componentes urbano y rural del Plan, además de los documentos que en este artículo se señalan, el proyecto de revisión incorporará la evaluación de los resultados de las decisiones, acciones, actuaciones, programas y proyectos ejecutados en dichos horizontes y de la aplicación de las normas generales vigentes en el respectivo Plan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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