Micelio

Artículo 2

Decreto 1886 de 1965 · por el cual se mantienen algunos Juzgados de Instrucción Criminal, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los Juzgados de Instrucción Criminal radicados actualmente en la Isla-Prisión de Gorgona y en la Colonia Penal de Araracuara, seguirán funcionando en dichos lugares, con su jurisdicción, competencia, personal y asignaciones actuales, no obstante lo dispuesto en los artículos 111 del Decreto-ley 1356 de 1964 y 12 del Decreto legislativo número 1697 de 1965.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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