° Los Consejos de Fomento Cooperativo desarrollaran sus labores en colaboración con los Párrocos o con los Sacerdotes que en cada Diocesis designe el respectivo prelado; rendirán informes anuales a la Superintendencia del ramo, y serán fiscalizados en el manejo de fondos por la Contraloría General de la Republica y por las Contralorías Departamentales.
Decreto 2060 de 1955 →Vigente
Artículo 5
Los Consejos De Fomento Cooperativo Desarrollaran Sus Labores En Colaboración Con Los Párrocos O Con Los Sacerdotes Que En Cada Diocesis Designe El Respectivo Prelado; Rendirán Informes Anuales A La Superintendencia Del Ramo, Y Serán Fiscalizados En El Manejo De Fondos Por La Contraloría General De La Republica Y Por Las Contralorías Departamentales
Decreto 2060 de 1955 · Por el cual se crean Consejos Seccionales de Difusión cooperativa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.