Artículo once . Son funciones del Gerente
Elaborar los reglamentos del "Fondo Rotatorio" y someterlos a la aprobación de la Junta Directiva.
Efectuar operaciones de crédito para el Fondo, hasta la cantidad de $ 5.000.00. De esta suma en adelante solo podrá hacerlo con la previa autorización de la Junta Directiva, y de conformidad con las disposiciones reglamentarias vigentes;
Organizar la apertura de sucursales, agencias o expendios del Fondo donde lo considere conveniente, previa autorización de la Junta Directiva;
Ejercer la representación legal del "Fondo Rotatorio", y firmar, en nombre de éste, todo acto o contrato;
Atender la gestión diaria del Fondo, y velar por el estricto cumplimiento de los deberes de cada uno de los empleados, a los cuales podrá imponer multas disciplinarias por medio de resolución;
Proponer al Ministerio de Justicia candidatos para los cargos del Fondo, o la remoción de alguno de sus empleados;
Las demás que le señale la Junta Directiva.