Artículo segundo. Aclárase la leyenda de la apropiación liquidada en el Capítulo 123, artículo 2343 del Presupuesto de Gastos vigente, la cual quedará así: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 123 Edificios Nacionales - Construcción. C1e (a). Artículo 2343. Para continuar la construcción de los edificios para el Instituto Geológico Nacional y Laboratorio Químico Nacional $ 300.000.00
Decreto 656 de 1954 →Vigente
Artículo 2343
Del Presupuesto De Gastos Vigente, La Cual Quedará Así: Ministerio De Obras Publicas Capitulo 123 Edificios Nacionales - Construcción
Decreto 656 de 1954 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerios de Minas y Petróleos, de Educación Nacional y de Obras Públicas), y se aclara una leyenda
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.