Micelio

Artículo 6

Decreto 2757 de 2005 · por el cual se reglamentan los trámites y la convocatoria por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público para que emita concepto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Invitados y deber de asistencia. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público citará a los Ministros o Viceministros de Despacho, Directores o Subdirectores de Departamentos Administrativos y los demás funcionarios de las entidades estatales que tengan interés en las operaciones sometidas a concepto de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público. La asistencia de los invitados será obligatoria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2757 de 2005