Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de trescientos veinticinco mil setecientos treinta y ocho pesos con cuarenta y tres centavos ($ 325.738.43) moneda corriente que se incorpora con imputación al siguiente numeral: RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO Numeral 123. Consignaciones de los Cajeros Externos de Agua de Dios, $ 200.449.07, y de Contratación, $ 125.289.36, como reintegros de sobrantes de gastos autorizados en la vigencia fiscal de 1957, según recibos oficiales de Caja números 18976 y 3013 de fechas 22 de marzo y 21 de febrero de 1958, respectivamente, y certificados del Tesorero General, expedido el 6 de mayo último, y número 43 del Contralor General de la República, de 12 de junio de 1958 $ 325.738.43 Total 325.738.43
Decreto 192 de 1958 →Vigente
Artículo 1
Decreto 192 de 1958 · Por el cual se abren unos créditos adicionales -suplementales- al Presupuesto vigente. (Ministerio de Salud Pública)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.