Expedición de la copia. Si la solicitud cumple con la totalidad de los requisitos, o si el acreedor cedente la completa en el término previsto en el artículo anterior, el notario expedirá copia de la escritura pública de hipoteca con destino al acreedor cedente. En ella anotará, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 80 del Decreto-ley 960 de 1970, que presta mérito ejecutivo de acuerdo a la prelación o grado que le corresponda. Así mismo, anotará en el protocolo la expedición de la copia respectiva.
Decreto 1069 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.6.14.5
Expedición De La Copia
Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.