º El Concejo determinará, con base en la tabla señalada en el artículo anterior, la asignación mensual que devengará el alcalde a partir del 1º de enero de 1989.
Decreto 2278 de 1988 →Vigente
Artículo 2
El Concejo Determinará, Con Base En La Tabla Señalada En El Artículo Anterior, La Asignación Mensual Que Devengará El Alcalde A Partir Del 1º De Enero De 1989
Decreto 2278 de 1988 · por el cual se establecen los valores máximos y mínimos dentro de los cuales los Concejos de Distrito y Municipales deben fijar las asignaciones de sus respectivos alcaldes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.