º De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 1ª de 1963, los aumentos ordenados el presente Decreto se aplicarán únicamente al personal de la Administración Pública Nacional que percibe su remuneración en moneda colombiana.
Decreto 235 de 1963 →Vigente
Artículo 6
De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 13 De La Ley 1ª De 1963, Los Aumentos Ordenados El Presente Decreto Se Aplicarán Únicamente Al Personal De La Administración Pública Nacional Que Percibe Su Remuneración En Moneda Colombiana
Decreto 235 de 1963 · Por el cual se reajusta la Escala de Sueldos de la Administración Pública Nacional en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 1ª de 1963, y se dictan otras normas reglamentarias de la misma
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.