Artículo único . Aclárase el artículo 10 del Decreto número 2602 de 1951, en el sentido de que los derechos de exportación allí señalados para las pieles, se refirieron únicamente a las pieles en bruto de ganado vacuno, de la Posición 348 del Arancel de Aduanas.
Decreto 2214 de 1954 →Vigente
Artículo 10
Del Decreto Número 2602 De 1951, En El Sentido De Que Los Derechos De Exportación Allí Señalados Para Las Pieles, Se Refirieron Únicamente A Las Pieles En Bruto De Ganado Vacuno, De La Posición 348 Del Arancel De Aduanas
Decreto 2214 de 1954 · por el cual se aclara el alcance de una disposición.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.