Sistema de información en salud de pueblos indígenas . Se establece la creación de un Sistema de Información en Salud de Pueblos Indígenas (lnfoSISPI) que sea interoperable con el sistema de información del sistema de salud nacional. Este sistema deberá ser diseñado y gestionado de manera participativa e incluyente y armonizado con las diferentes realidades que se representan en los Territorios Indígenas, y consta de subsistemas de información a nivel territorial los cuales se articularán a un único sistema de información en salud de los pueblos indígenas a nivel nacional. El InfoSISPI incorporará las variables de salud propia definidas en los modelos, procesos y formas de cuidado en salud de cada pueblo indígena y/o afinidad cultural, reconociendo sus sistemas de conocimiento y prácticas en salud. Así mismo, incluirá las caracterizaciones de las variables que permitan identificar los elementos de los modelos, proceso y formas de cuidado de la vida. El sistema deberá contemplar la medición de los impactos de las acciones en salud que se desarrollen, permitiendo evaluar la efectividad de las intervenciones y garantizando la rendición de cuentas a las comunidades.
La no existencia del infoSISPI no será excusa para poner en funcionamiento el SISPI en los Territorios Indígenas.
Las variables de medición e impacto serán concertadas con los pueblos indígenas y/o afinidades culturales que desarrollen el SISPI en sus territorios de manera que recoja de manera fidedigna las variables territoriales y se encuentren armonizados de acuerdo con los sistemas de conocimiento propio respectivas.