✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Si a causa de las lesiones inferidas a una mujer encinta sobreviene un parto prematuro, que tenga consecuencias nocivas para la salud de la agredida o del producto de la concepción, la pena será de dos a cuatro años de presidio.
Si se produce el aborto, la pena será de dos a siete años de presidio.
En los casos previstos en los dos incisos anteriores se impondrá también multa de cien a dos mil pesos.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.