Micelio

Artículo 8

Decreto 1800 de 2003 · por el cual se crea el Instituto Nacional de Concesiones, Inco, y se determina su estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Gerencia general. Son funciones de la Gerencia General, además de las señaladas en la Ley 489 de 1998 las siguientes: 8.1 Ordenar los gatos, expedir los actos administrativos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Instituto. 8.2 Promover la coordinación de las actividades del Instituto con las entidades u organismos públicos que tengan relación con el sector transporte. 8.3 Designar apoderados que representen al Instituto en asuntos judiciales y extrajudiciales, para la defensa de los intereses del mismo. 8.4 Suscribir los contratos y expedir los demás actos necesarios para el desarrollo de las funciones del Instituto. 8.5 Suscribir convenios con las entidades territoriales y descentralizadas por servicios de cualquier orden, para el cumplimiento de su objeto. 8.6 Proponer al Consejo Directivo la distribución, asignación y cobro de la contribución de valorización en los proyectos que lo requieran, de conformidad con la ley. 8.7 Distribuir la contribución nacional de valorización de acuerdo con las normas vigentes, previa autorización del Consejo Directivo. 8.8 Proponer al Ministerio de Transporte, previa aprobación del Consejo Directivo, las tarifas de peajes y tasas a cobrar por el uso de la infraestructura de transporte a desarrollar con vinculación de capital privado, de acuerdo con las normas legales vigentes y las políticas del Ministerio de Transporte. 8.9 Proponer al Ministerio de Transporte, previa aprobación del Consejo Directivo, la instalación de las casetas de peaje y otros puntos de cobro de acuerdo con las normas vigentes y las políticas del Ministerio para los proyectos a su cargo. 8.10 Presentar al Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto, las modificaciones al presupuesto aprobado y los planes de inversión del Instituto, con arreglo a las disposiciones legales que regulan la materia. 8.11 Presentar al Consejo Directivo las modificaciones de estructura y planta de personal del Instituto. 8.12 Cumplir y hacer cumplir las decisiones del Consejo Directivo. 8.13 Dictar las disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos. 8.14 Vincular y remover al personal del Instituto, conforme a las normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes. 8.15 Dirigir la administración del talento humano del Instituto. 8.16 Las demás funciones que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1800 de 2003