°. La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Sabana de Bogotá y de los valles de Ubaté y Chiquinquirá, mientras expida los estatutos respectivos podrá tomar todas las medidas de carácter administrativo que juzgue conveniente, tales como creación de cargos, nombramientos de funciones, fijación de remuneraciones y funciones, ordenación de gastos, etc., todo en orden a procurar la marcha normal de la Corporación. Comuniquese y cumplase
Decreto 1316 de 1961 →Vigente
Artículo 4
La Junta Directiva De La Corporación Autónoma Regional De La Sabana De Bogotá Y De Los Valles De Ubaté Y Chiquinquirá, Mientras Expida Los Estatutos Respectivos Podrá Tomar Todas Las Medidas De Carácter Administrativo Que Juzgue Conveniente, Tales Como Creación De Cargos, Nombramientos De Funciones, Fijación De Remuneraciones Y Funciones, Ordenación De Gastos, Etc
Decreto 1316 de 1961 · Por el cual se reglamenta el artículo 23 de la Ley 3ª de 1961
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.