Micelio

Artículo 4

La Junta Directiva De La Corporación Autónoma Regional De La Sabana De Bogotá Y De Los Valles De Ubaté Y Chiquinquirá, Mientras Expida Los Estatutos Respectivos Podrá Tomar Todas Las Medidas De Carácter Administrativo Que Juzgue Conveniente, Tales Como Creación De Cargos, Nombramientos De Funciones, Fijación De Remuneraciones Y Funciones, Ordenación De Gastos, Etc

Decreto 1316 de 1961 · Por el cual se reglamenta el artículo 23 de la Ley 3ª de 1961

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Sabana de Bogotá y de los valles de Ubaté y Chiquinquirá, mientras expida los estatutos respectivos podrá tomar todas las medidas de carácter administrativo que juzgue conveniente, tales como creación de cargos, nombramientos de funciones, fijación de remuneraciones y funciones, ordenación de gastos, etc., todo en orden a procurar la marcha normal de la Corporación. Comuniquese y cumplase

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1316 de 1961